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Si eres odontólogo en Argentina, Italia tiene que homologar tu título

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El Consejo de Estado italiano (sala III, auto 19 enero 2018, n. 258) rechazó las alegaciones del Ministerio de la Salud italiano: Italia no puede rechazar la homologación del título de odontólogo argentino, aunque la licenciatura en Argentina (de duración quinquenal) tenga una carga lectiva inferior a 5.000 horas. Los hechos. Una joven odontóloga argentina, colegiada en el Colegio Odontológico de Córdoba, solicitó al Ministerio de la Salud italiano la homologación de su título de odontología para poder ejercer en Italia. Las autoridades italianas habrían rechazado su solicitud porque la profesional tenía una carga lectiva de 4.350 horas, mientras que en Italia, la duración mínima de la licenciatura es de 5.000 horas lectivas. La recurrente, asistida por el abogado Giuseppe Lipari (Letrado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid y colegiado como “abogado inscrito” en el Ilustre Colegio de Abogados de Termini Imerese) y el avvocato Massimo Sidoti, recurrieron logrando la suspensión de los actos administrativos italianos.

Vamos con orden.

El Ministerio de la Salud rechazó la homologación alegando que, según su interpretación, el artículo 41, párrafo 2, del decreto legislativo n. 206/07 establece que la formación del odontólogo (italiano) consiste en una formación de estudios teóricos y prácticos de una duración mínima de 5 años, realizados a tiempo completo y, con al menos 5.000 horas lectivas. La formación de la recurrente “constaba de 4.351 horas lectivas, menos de lo que está establecido para conseguir, en Italia, la “laurea magistrale in odontoiatria e protesi dentaria” [licenciado en odontologia italiano, ndt]”.

El Tribunal contencioso-administrativo de la Regione Lazio (Roma, sala III quater, auto 7 noviembre 2017, n. 5761), rechazó en un primer momento la medida cautelar solicitada por la recurrente argentina dando así la razón al Ministerio de la Salud italiano, alegando che “no se cumplen los requisitos de ‘fumus boni iuris’, según la lectura combinada de los artículos 18, 22 y 42 del decreto legislativo n. 206 del 2007”.

La odontóloga, asistida por el Studio legale Sidoti & Soci, apeló la denegación de medida cautelar ante el Consejo de Estado, competente en última instancia en la jurisdicción contencioso-administrativa italiana, el cual determinó que la ley italiana, en realidad, tiene una ‘tercera vía’ entre el reconocimiento de un título extranjero y el no reconocerlo en absoluto: el reconocimiento subordinado a la superación de exámenes integrativos. La denegación de medidas compensatorias, dado que la recurrente tenía importante experiencia de postgrado en Argentina, para el Tribunal italiano resultaba insuficientemente motivada.

El Consejo de Estado (sala III, 19 enero 2018, auto n. 254) confirmó el razonamiento de la recurrente anulando así el auto del Tribunal de primera instancia, disponiendo que: ”el procedimiento administrativo establecido por el d. lgs. 9 noviembre 2007, n. 206 [...] tiene que ser aplicado también a los ciudadanos extranjeros que lo soliciten – incluidos los extracomunitarios –  en aplicación del d.P.R. n. 394 del 1999”, en el cual “se establecen medidas compensatorias (el art. 22, en cuanto es de interés, ‘1. El reconocimiento al que se refiere este capítulo puede ser subordinado a la superación de un periodo de prácticas no superior a tres años o a una prueba de aptitud [...] si la formación recibida pertenece a asignaturas sustancialmente diferentes en relación a las materias requeridas en Italia)”. Por eso, según el Consejo de Estado, el acto ha sido considerado ilegal por falta de motivación “en relación a la insuficiencia de la experiencia profesional adquirida [por la recurrente, ndt], además de no haber hecho referencia alguna a la posibilidad de aplicar medidas compensatorias para compensar las diferencias (en cuanto a la carga horaria) entre la formación universitaria adquirida y la reconocida en Italia”.

En otras palabras, el Ministerio de la Salud italiano habría podido (esto es, tenía la obligación) establecer medidas compensatoria a las que condicionar el reconocimiento del título argentino. Por tanto, como se ha demostrado ante el tribunal italiano, la recurrente no sólo tenía una experiencia profesional de 5 años en argentina, sino que había trabajado durante 3 años como profesor asistente universitario participando como ponente en las conferencias nacionales de odontólogos. El procedimiento judicial ha sido devuelto al Tribunal contencioso-administrativo de la Regione Lazio (Tribunal contencioso- administrativo italiano de primera instancia) que tendrá que considerar las indicaciones del Tribunal contencioso-administrativo italiano de segunda instancia. Con el auto del Consejo de Estado va a ser más sencillo el reconocimiento de los títulos profesionales extranjeros en Italia.

Si Usted desea reconocer el título de odontólogo en Italia (obtenido en Argentina, America Latina u otros países no europeos), puede contactar el bufete legal italiano Sidoti & Soci para recibir asistencia jurídica en inglés o español. Para otras informaciones puede usar el módulo de contacto o enviar un e-mail a la siguiente dirección: g.lipari(at)icam.es.

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Link útiles:

- Auto del Consejo de Estado, Roma, sección III, auto 19 enero 2018, n. 254:

https://www.giustizia-amministrativa.it/cdsintra/wcm/idc/groups/public/documents/document/mday/njy4/~edisp/dlatj4uhhxzvfntwzcznpfm4u4.html

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